Contrato y escritura
Cuánto cuesta escriturar un lote: honorarios, sellos y gastos
Información general, no asesoramiento legal. Las reglas cambian y cada operación tiene sus detalles. Antes de pagar o firmar, conviene que un escribano o abogado argentino revise la documentación.
Respuesta rápida El costo de escriturar un lote se compone de cuatro rubros: el impuesto de sellos (entre el 1% y el 3,6% del valor, o 0% si corresponde una exención, en Río Negro, Neuquén, Chubut, la provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires), los honorarios del escribano (en torno al 2% del precio según las referencias de Neuquén y de la Ciudad de Buenos Aires, más IVA, sin arancel oficial publicado para Río Negro, Neuquén y Chubut), las tasas del registro y los gastos administrativos. Sumados suelen representar varios puntos porcentuales del precio, y se reparten entre vendedor y comprador según lo pactado. Las tasas cambian cada año, por lo que conviene pedir al escribano un presupuesto por escrito.
Cuánto sale escriturar un terreno: de qué se compone el costo
| Rubro | Quién lo cobra | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| Impuesto de sellos | La provincia (rentas) | Porcentaje sobre el valor de la operación, por provincia |
| Honorarios del escribano | El escribano | Porcentaje del precio; sin arancel oficial publicado para Río Negro, Neuquén ni Chubut |
| Tasas del registro | El Registro de la Propiedad | Certificados y registración; los montos cambian por provincia y urgencia |
| Gastos administrativos | Variados | Sellados, certificados catastrales, otros |
Impuesto de sellos por jurisdicción en 2026
| Jurisdicción | Alícuota sobre la escritura | Notas | Fuente |
|---|---|---|---|
| Río Negro | 10‰ (1%) hasta una valuación fiscal de $55.000.000; 15‰ (1,5%) por encima (el escribano confirma cómo se aplica el tramo) | Ley Impositiva 5837 | Compilación de leyes impositivas 2026 |
| Neuquén | 30‰ (3%) | Ley Impositiva 3541. Hay exención para la compra de un terreno o vivienda por quien no tiene otro inmueble, con tope de valuación (tope de valuación fijado en $195.000.000 para 2026 por la Ley Impositiva 3541; el escribano confirma si alcanza a su lote y a su caso) | Compilación de leyes impositivas 2026 y guía de EnPozo |
| Chubut | 3,6% | Ley XXIV-119, desde el 1 de enero de 2026 | Compilación de leyes impositivas 2026 |
| Provincia de Buenos Aires | 20‰ (2%) | Ley Impositiva 15.558. El boleto paga 12‰ | Compilación de leyes impositivas 2026 |
| Ciudad de Buenos Aires | 2,7% si el precio, la valuación fiscal o el valor de referencia no superan $226.100.000; 3,5% si lo superan | Vivienda única, familiar y de ocupación permanente: 0% hasta el tope; por encima, 3,5% sobre el excedente | Colegio de Escribanos de la Ciudad, informe del 19 de diciembre de 2025 |
Salvo la Ciudad de Buenos Aires, las alícuotas provienen de compilaciones de las leyes impositivas 2026 y las debe confirmar el escribano. Las exenciones de vivienda única y de primer inmueble tienen condiciones y topes de valuación: conviene preguntar si alcanzan a un lote sin construir. La Ciudad de Buenos Aires prevé además un mínimo no imponible de $1.681.000 para terrenos destinados a construir viviendas.
El boleto también paga sellos en varias provincias: Río Negro cobra 10‰ sobre boletos de inmuebles, Chubut 1,2%, Neuquén 14‰ (se acredita contra el sellado de la escritura) y la provincia de Buenos Aires 12‰.
Quién lo paga. Por defecto, el Código Civil y Comercial pone a cargo del vendedor "los tributos que graven la venta" (art. 1138), pero se puede pactar otra cosa. En Neuquén se informa la costumbre de dividir el sellado por mitades. Hay que dejarlo escrito en el boleto.
Honorarios del escribano
Los colegios de Río Negro, Neuquén y Chubut no publican un arancel vigente para compraventas. En Neuquén, el Diario Río Negro publicó el 27 de marzo de 2026 que los honorarios rondan el 2% del precio, con un mínimo legal. El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires publica un arancel orientativo (Resolución 353/26, vigente desde el 1 de octubre de 2026) que fija un honorario general mínimo sugerido del 2% para ventas y transferencias de dominio, sin carácter obligatorio. Guías inmobiliarias citan entre el 1% y el 2% más IVA. Lo prudente es pedir un presupuesto por escrito antes de elegir escribano.
Tasas del registro
Las tasas son por certificado y por inscripción y cambian por provincia y por urgencia. Las cifras en pesos quedan desactualizadas rápido: por ejemplo, la Ciudad de Buenos Aires simplificó su sistema de tasas en agosto de 2026 y cobra el certificado de dominio según las unidades funcionales declaradas. En Neuquén, el Diario Río Negro y una guía local informan una tasa de registro cercana al 0,6% del precio y gastos administrativos de alrededor del 0,2%. Antes de operar, mirar la tabla vigente del registro de cada provincia. Ver cómo se pide el informe de dominio.
Un ejemplo de cálculo
Con los porcentajes publicados para Neuquén (sellos 3%, honorarios 2%, registro 0,6% y gastos administrativos 0,2%), para un lote de USD 40.000:
| Rubro | Porcentaje | Monto |
|---|---|---|
| Sellos | 3% | USD 1.200 |
| Honorarios | 2% | USD 800 |
| Registro | 0,6% | USD 240 |
| Gastos administrativos | 0,2% | USD 80 |
| Total (sin IVA sobre los honorarios) | 5,8% | USD 2.320 |
Es un cálculo ilustrativo, que combina cifras de distintas fuentes y no es un presupuesto. El total se reparte entre las partes según lo pactado, y puede cambiar si corresponde una exención. La base del sellado suele ser el mayor entre el precio y la valuación fiscal; el ejemplo supone el precio. Si los sellos se dividen por mitades, la parte del comprador en este ejemplo es de alrededor del 4,3% antes del IVA.
Impuestos del vendedor y trámites que ya no existen
- ITI (impuesto a la transferencia de inmuebles): fue derogado de forma total e inmediata por la Ley 27.743 a partir del 8 de julio de 2024. Hay guías de 2026 que todavía lo mencionan con un 1,5%: están desactualizadas.
- Impuesto a las ganancias (cedular): desde el 1 de enero de 2026, la Ley 27.802 y su Decreto reglamentario 406/2026 eximen del impuesto a las ganancias la venta de inmuebles situados en el país y la transferencia de derechos sobre ellos, cuando las realizan personas humanas o sucesiones indivisas, residentes o no, en operaciones comprendidas en el artículo 99 de la ley del impuesto. El escribano confirma si el caso concreto del vendedor está alcanzado.
- COTI: ARCA abrogó el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles con la Resolución General 5697/2025, publicada el 23 de mayo de 2025. Una página que hoy explique cómo tramitarlo está desactualizada.
Cómo evitar sorpresas
- Pedir al escribano un presupuesto desglosado (sellos, honorarios, tasas, gastos).
- Dejar escrito en el boleto quién paga cada rubro.
- Si el lote necesita mensura nueva, definir quién la encarga y la paga (ver catastro y mensura).
- Consultar si corresponde alguna exención en la provincia.
Ver también: impuestos de ser dueño de un terreno, precios de terrenos en la Patagonia andina, comprar a dueño directo.
Fuentes
- Arancel notarial del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires: colegio-escribanos.org.ar
- Código Civil y Comercial, art. 1138: argentina.gob.ar
- Impuesto de sellos 2026, Ciudad de Buenos Aires: Colegio de Escribanos, informe de diciembre de 2025
- Compilaciones de sellos 2026: Río Negro, Neuquén, Chubut y Buenos Aires
- Derogación del ITI: Colegio de Escribanos, 8 de julio de 2024
- Decreto 406/2026, art. 2 (exención de ganancias en la venta de inmuebles): Boletín Oficial, 1 de junio de 2026
- Honorarios y gastos de escriturar en Neuquén, Diario Río Negro, 27 de marzo de 2026: rionegro.com.ar
- Ley 27.802, exención del impuesto cedular: Colegio de Escribanos, 6 de marzo de 2026 y análisis de Abeledo Gottheil
- Honorarios, registro y sellos en Neuquén: guía de EnPozo
- Resolución General ARCA 5697/2025 (COTI): Boletín Oficial
- Registro de la Propiedad de la Ciudad, simplificación de tasas: Colegio de Escribanos, 31 de agosto de 2026
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